Anuncio del Gobierno de Jalisco de Nueva Restricción de Actividades para contener el avance de COVID-19.
Emmanuel Ibarra Castillo
El día de hoy fue anunciado por el Gobernador del Estado de Jalisco una serie de nuevas medidas restrictivas con el objeto de contener la expansión de COVD- 19, a la espera del acuerdo que se publique en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco les damos a conocer su contenido más relevante:
I.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Son medidas de aplicación general en los 125 municipios del Estado de Jalisco
II.- DURACIÓN
Las medidas comienzan a aplicar el 16 de enero de 2021 y hasta el 31 de enero de 2021
III.- MEDIDAS GENERALES ANUNCIADAS
(a) No hay condiciones de regreso a clases presenciales hasta nuevo aviso
(b) Se suspenden actividades laborales presenciales que puedan atenderse a distancia (Gobierno, Oficinas Corporativas y servicios profesionales)
© Se cierran actividades que generan acumulación de personas, así como todas las actividades lúdicas y de recreación
(d) Se cierran espacios públicos (abiertos o cerrados)
(e) Se restringe la actividad social y familiar
(f) Las personas mayores de 60 años deben permanecer en casa
(g) No se cierran actividades económicas de industria, comercio y servicio
IV.- ACTIVIDADES PERMITIDAS
- - Sector Salud
- - Servicios Públicos Básicos
3. - Seguridad Pública y Privada
4. - Transporte Público
5. - Energía, combustibles y Distribución
6. - Banca, Seguros y notarías
7. - Toda la industria y su operación logística
8. - Construcción
9. - Hoteles sin áreas comunes
10. - Mercados Públicos y Comercio barrial
V.- ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROHIBIDAS
- - Oficinas corporativas y servicios profesionales
- - Zoológico y Acuario Michín
3. - Oficinas de gobierno (excepto ventanillas de atención al público)
4.- Gimnasios y Clubes deportivos
5. - Vía Recreactiva
6. - Actividades culturales y de entretenimiento
7. - Cines, teatros y museos
8. - Actividades lúdicas y casinos
9. - Parques
10. - Bares, antros y salones de eventos
VI.- ACTIVIDADES ECONÓMICAS CON RESTRICCIÓN PARCIAL
• Tiendas de autoservicio, departamentales y comercio (1 persona) sin adultos mayores ni menores de edad.
• Restaurantes con aforo de 50% y hasta las 10 p.m.
• Tianguis y corredores comerciales con acceso restringido a 1 persona sin menores ni adultos mayores
• Plazas comerciales sin áreas comunes y estacionamiento restringido
VII.- ACTIVIDADES SOCIALES RESTRINGIDAS
- Eventos sociales (bodas, bautizos, etc)
- Reuniones familiares
- Se cierran plazas y espacios públicos municipales
- Iglesias y centros de culto (abiertas sin celebraciones)
VIII.- MEDIDAS SANITARIAS RECOMENDADAS
A. Se mantienen vigentes protocolos sanitarios para operación de industria y actividades comerciales
B. Se mantienen vigentes las recomendaciones de medidas sanitarias como uso de cubrebocas, distanciamiento social, evitar lugares concurridos, lavado frecuente de manos
C. En caso de síntomas o emergencia llamar a línea Covid: 3338233220–3335403001 o al 911
I. SUGERENCIAS DE APLICACIÓN PRÁCTICA EN MATERIA LABORAL
- Documentar y aplicar los protocolos sanitarios para la operación de las industrias y actividades comerciales para prevenir posibles sanciones en caso de inspecciones de la autoridad.
- Actas de la Comisión Mixta de seguridad e higiene para verificar la aplicación y observancia de protocolos y seguimiento y detección de contagios.
- Documentar los acuerdos para trabajo desde casa de personal mayor de 60 años que se encuentre laborando en las empresas.
- NOM-030-STPS-2009 Se sugiere documentar cumplimiento de NOM-030-STPS-2009 sobre servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo
-Modificación de condiciones de trabajo. Cualquier modificación de condiciones de trabajo (jornada, salario, etc) que la empresa requiera implementar para hacer frente a estas medidas deben plasmarse en convenios con los trabajadores o los sindicatos que los representen.
Para información adicional, puede comunicarse con nuestro Equipo de Práctica Laboral.
Lic. Emmanuel Ibarra Castillo
NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados con base en su situación particular.