Cannabis, ¡Quieren regularlo todo!

Ramos, Ripoll & Schuster
3 min readMar 5, 2020

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El 04 de marzo de 2020, las Mesas Directivas de las Comisiones Unidas de Justicia, de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, con base en el análisis de diez iniciativas con Proyecto de Decreto relativas a la regulación y control del cannabis, elaboraron y aprobaron el Dictamen general para regular el uso lúdico, medicinal y comercial del Cannabis o mariguana.

El dictamen general aprobado versa sobre la expedición de la Ley para la Regulación del Cannabis, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y reforma la fracción II del artículo 195 bis del Código Penal. Dicho proyecto de Ley tiene por objeto, a través del Instituto Mexicano del Cannabis, la regulación legal de los siguientes actos, según los fines legalmente permitidos para el uso del cannabis psicoactivo y sus derivados, así como del cáñamo:

a) Almacenar,

b) Aprovechar,

c) Comercializar,

d) Consumir,

e) Cosechar,

f) Cultivar,

g) Distribuir,

h) Empaquetar,

i) Etiquetar,

j) Exportar,

k) Fumar,

l) Importar,

m) Patrocinar,

n) Planar,

o) Portar, tener o poseer,

p) Preparar,

q) Producir,

r) Promover,

s) Publicitar,

t) Sembrar,

u) Transformar,

v) Transportar,

w) Suministrar,

x) Vender, y

y) Adquirir bajo cualquier titulo

Los fines del uso del cannabis y sus derivados previstos en dicho proyecto son:

I. Lúdico o recreativo;

a) Para uso personal o consumo propio;

b) Para uso compartido entre quienes integran Asociaciones de consumo del cannabis psicotrópico;

c) Uso comercial para fines lúdicos o recreativos de personas adultas;

II. Científico y de investigación en las áreas médica o farmacéutica, terapéutica o paliativa e industrial;

III. Médico o farmacéutico, terapéutico o paliativo, e

IV. Industrial.

De igual manera, prevé la determinación de los lineamientos para el control sanitario el uso del cannabis, sus derivados y del cáñamo, la imposición proporcional y justa del pago de impuestos y derechos a los actos y productos relacionados con cannabis y sus derivados, y la regulación justa del mercado, de los precios del cannabis y sus derivados, y de los productos realizados con base a estos.

En las próximas semanas las comisiones continuaran con la discusión detallada del dictamen para estar en posibilidad de tener un nuevo dictamen que sea votado en comisiones y llevado al Pleno.

En caso de completarse el procedimiento legislativo de forma exitosa, la aprobación de esta ley significaría no solo un avance y cambio profundo en la estrategia de combate al narcotráfico y consumo del cannabis como cuestión de salud en el país, sino también un detonante para nuevos negocios e industrias en diversas áreas relacionadas con el cannabis y sus derivados como el CBD (medicinal, terapéutica, lúdica, de bebidas y alimentos, entre otras). Empresas e inversionistas están listos para entrar en este nuevo mercado y México cuenta con condiciones particulares que lo perfilan como un potencial líder en dichas industrias.

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Nuestra firma cuenta con amplia experiencia en regulación sanitaria relacionada en la reglamentación de las categorías de alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, cosméticos, y suplementos alimenticios específicamente ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), y la Procuraduría General del Consumidor (PROFECO) así como en la gestión de proyectos relacionados.

Para más información favor de contactar a la Lic. Pilar Ricart Andrew, al correo electrónico: pricart@rrs.com.mx o al (+52) 3336275035 para agendar una reunión en Guadalajara, y al (+52) 5584345080 para agendar una reunión en la Ciudad de México.

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