Noticias FinTech & Criptoactivos

Del 1 al 13 de marzo del 2020

Ramos, Ripoll & Schuster
7 min readMar 19, 2020

LEGISLACIÓN MEXICANA

01/03/2020

INCREMENTO DE SOLICITUDES A 95

En septiembre del año 2019, feneció el plazo para que las entidades que realizan operaciones en términos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera presentaran ante la CNBV su solicitud de autorización. Hasta ese momento, 85 solicitudes habían sido presentadas.

Al día de hoy la CNBV ha informado que 10 nuevas autorizaciones han sido solicitadas dando un total de 95 entidades que han presentado su solicitud para operar como Institución de Tecnología Financieras. Es importante mencionar que el pasado 22 de enero del año en curso, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Oficio mediante el cual la CNBV autorizó a la sociedad NVIO Pagos México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico para organizarse y operar como una institución de fondos de pago electrónico siendo esta la primer y única sociedad actualmente autorizada.

03/03/2020

DESIGNACIÓN DE NUEVO PRESIDENTE DE LA CNBV

El pasado 3 de marzo de 2020, el Licenciado Adalberto Palma presentó su renuncia de su cargo después de 15 meses. En su lugar se designó al Licenciado Juan Pablo Graf Noriega.

10/03/2020

DISPÓSICIONES OPEN BANKING DE BANXICO

El Banco de México emitió un Circular sobre las Disposiciones relativas a las interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas (“API’s”), dirigido a las Sociedades de Información Crediticia y Cámaras de Compensación, previsto en el artículo 76 de la Ley Fintech. Popularmente en el sector Fintech a estas API’s se le conoce como “Open Banking”, ya que estas aplicaciones permiten que ciertas instituciones financieras compartan datos entre sí, y le otorga la facultad al usuario de ser dueño de sus propios datos, así como establecer que datos se pueden compartir y cuales se quedan en confidencia.

Estas Disposiciones, establecen las obligaciones que tienen que observar estas dos instituciones al momento de establecer sus API’s, dado que deben de obtener una autorización por parte del Banco de México para implementarlas.

Se inserta el vínculo del documento que contiene un resumen del Circular 2/2020 y sus disposiciones.

NOTICIAS MUNDIALES

02/03/2020

MUNDIAL: BIS SEÑALA QUE EL 80% DE BANCOS CENTRALES DEL MUNDO DESARROLLARAN SU PROPIA CRIPTOMONEDA

Derivado de una encuesta realizada por Bank for International Settlements (BIS), manifestó que el 80% de los Bancos Centrales del mundo están desarrollando la emisión de su propia criptomoneda. De los 66 bancos centrales participantes en la encuesta, 21 representaban naciones con un gran nivel de desarrollo, mientras que los otros 45 están en vías de desarrollo. En los próximos meses, los directivos de dichos bancos centrales se reunirán, con la presencia del Fondo Monetario Internacional para abordar este tema.

03/03/2020

ALEMANIA: AUTORIDAD FINANCIERA CLASIFICÓ CRIPTOACTIVOS COMO INSTRUMENTOS FINANCIEROS

La Autoridad Federal de Supervisión Financiera de Alemania (BaFin) publicó las pautas que clasifican a las criptomonedas como instrumentos financieros a partir de ahora. Definieron a estas de la siguiente manera:

“Una representación digital de un valor que no ha sido emitido o garantizado por ningún banco central u organismo público, que no está necesariamente vinculado a una moneda especificada por la ley y que no tiene el estatus legal de una moneda o dinero, pero se acepta como medio de intercambio por personas físicas o jurídicas y puede transmitirse, almacenarse y comercializarse electrónicamente.”

Así como se clasificó a las criptomonedas, BaFin estableció la obligación a las instituciones que custodian criptomonedas que obtengan una autorización para ofrecer servicios en el país.

https://www.bafin.de/EN/Aufsicht/FinTech/VirtualCurrency/virtual_currency_node_en.html

04/03/2020

INDIA: SUPREMO TRIBUNAL REVOCÓ LA PROHIBICIÓN EMITIDA POR EL BANCO CENTRAL SOBRE LAS CRIPTOMONEDAS

Dos años atrás, el Banco de la Reserva de la India emitió una prohibición bancaria que impedía a instituciones financieras proporcionar servicios bancarios a criptoexchanges. A petición de múltiples criptobolsas, exchanges y startups, el Supremo Tribunal revirtió esta prohibición y declaró que las criptomonedas no son inconstitucionales y que no han presentado ningún daño o peligro al sistema financiero y comercial de esa nación. Esta resolución permite a las instituciones financieras proveer servicios comerciales relacionados con las criptomonedas o activos virtuales.

Sin embargo, el Banco de la Reserva de la India manifestó su inconformidad y planea apelar esta resolución. Se rumora que se presentará una petición de revisión sobre la resolución del juez de la corte.

UCRANIA: OBLIGACIÓN DE DECLARAR CRIPTOMONEDAS EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS.

La Agencia Nacional sobre la Prevención de Corrupción de Ucrania detalló como las criptomonedas deben ser declaradas en la declaración anual de ingresos. Estas están categorizadas como activos intangibles con valor indefinido, como son los derechos sobre propiedad intelectual. En la declaración, se debe establecer cierta información como el nombre del activo, fecha de adquisición, la cantidad, valor, entre otros.

Esta obligación parte de que la Agencia consideró a los activos virtuales como lo hace el Grupo de Acción Financiera, misma que define a estos como “representación virtual de moneda de curso legal, valores o algún otro activo financiero.”

05/03/2020

COREA DEL SUR: SE APRUEBA PROYECTO DE LEY Y SE LEGALIZA LAS CRIPTOMONEDAS.

La Asamblea Nacional de Corea del Sur aprobó una enmienda a la Ley sobre la presentación de informes y el uso de información financiera específica, la cual conllevo a la legalización del comercio de criptomonedas.

Esto obliga a las plataformas que intercambian criptomonedas a cumplir ciertos requisitos de información que prevenga el lavado de dinero y el financiamiento contra el terrorismo. Estos incluyen el reporto de las operaciones y la verificación completa de los usuarios. Se debe obtener una certificación y cumplir con dichas pautas a más tardar en septiembre del 2021.

06/03/2020

FRANCIA: BITCOIN SE CLASIFICA COMO DINERO LEGAL

El 26 de febrero, el Tribunal de Comercio de Nanterre declaró que Bitcoin es dinero legal, a causa de que es clasificado como un activo intangible, fungible, legal e intercambiable, igual que el dinero fiduciario. Esta resolución surgió al momento de resolver un litigio entre una casa de cambio de criptomonedas y una firma de inversión, en el cual la corte se vio obligada a definir la naturaleza legal del bitcoin.

09/03/2020

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA: SE INTRODUCE “CRYPTO — CURRENCY ACT OF 2020”

El congresista Paul Gosar publicó un proyecto de ley que redefine a las criptomonedas, las categoriza en tres y establece algunas obligaciones a las plataformas de intercambio.

Definiciones:

1. CRYPTO — COMMODITY: Bienes y servicios representados en activos virtuales fungibles que pueden ser intercambiados y que existen en los contratos de blockchain. Serán reguladas por la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos (Commodity Futures Trading Commission)

Ejemplos: Bitcoin y Ethereum.

2. CRYPTO — CURRENCY: Una representación de una moneda de curso legal o de un derivado financiero, que funciona dentro del blockchain o de una contabilidad criptográfica descentralizada. Supervisado principalmente por la Secretaria de Tesorería (Secretary of Treasury)

3. CRYPTO — SECURITY: un instrumento que existe en la red de blockchain y esta vinculado directamente con un activo subyacente, como una acción. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (Securities and Exchange Comission) será la encargada de supervisar.

Obligaciones:

- Se deben registrar todas las plataformas de intercambio de los tres tipos de criptomonedas.

- Compartir y publicar la trazabilidad de las transacciones, junto con la identificación del cliente a las autoridades correspondientes.

Proyecto de ley:

https://s3.cointelegraph.com/storage/uploads/view/a7b9c3d6c50453c5580820ef0b09f5e2.pdf?_ga=2.206370004.695540687.1584117002-627999577.1574792745

13/03/2020

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA: NUEVO YORK EXIGE A EMPRESAS QUE OPEREN CON CRIPTOMONEDAS A REALIZAR PLAN CONTRA EL CORONAVIRUS

El Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York (NYDFS) solicitó a las empresas cripto reguladas a realizar un Plan de Contingencia ante el Coronavirus, con el propósito de proteger a los empleados, así como garantizar el funcionamiento correcto de las operaciones. Estas empresas tienen hasta el 10 de abril para presentar este plan.

FRANCIA: SANDBOX PARA DESARROLLO DE TOKENS DE SEGURIDAD EN EUROPA

La Autoridad de los Mercados Financieros de Francia (AMF) propuso que en toda Europa exista un sandbox regulatorio para los tokens de seguridad (security tokens), con la finalidad de apoyar e impulsar la industria. El propósito es crear un ecosistema por 3 años en el cual los proyectos relacionados con tokens de seguridad no tengan que cumplir con las regulaciones financieras europeas, como es el MiFID (Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros) y el CSDR (Reglamento Central de Depósitos de Valores). Esto en consecuencia de que ambas normativas son consideradas “incompatibles y barreras de crecimiento ante este sector.”

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Para obtener más información sobre este tema o cualquiera relacionado, favor de contactar a los miembros de nuestros equipos de FinTech & Criptoactivos.

Diego Ramos Castillo. dramos@rrs.com.mx

Antonio Casas Vessi. acasas@rrs.com.mx

Rodolfo Ramos Ortiz: rramoso@rrs.com.mx

Sara Schoeneck Padilla: sschoeneck@rrs.com.mx

Guadalajara | Américas 1500, piso 14, Col. Country Club, Guadalajara, Jalisco, México

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Written by Ramos, Ripoll & Schuster

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