¿Qué pasa si tengo un nacimiento de agua en mi predio? ¿Qué necesito para beneficiarme legalmente del agua en mi propiedad?

Ramos, Ripoll & Schuster
1 min readJan 17, 2020

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Constitucionalmente, todas las aguas en el territorio mexicano pertenecen a la Nación. La Ley de Aguas Nacionales señala expresamente que los particulares deben contar con un título de concesión otorgado por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para poder utilizar el recurso hídrico en su beneficio, ya sean aguas subterráneas o superficiales. La excepción es para uso doméstico, siempre que el alumbramiento de dicho recurso se haga por medios manuales y no mecánicos.

Nuestra Firma cuenta con una amplia experiencia en el trámite y obtención de concesiones de agua, ya sea a través de la solicitud ante la CONAGUA o consiguiendo derechos de agua para transferirlos en beneficio de nuestros clientes.

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Roberto Anaya Moreno

Para más información pueden contactar al Licenciado Roberto Anaya Moreno, al correo electrónico: ranaya@rrs.com.mx o a los teléfonos (+52) 3336275035 para agendar una asesoría en Guadalajara o al (+52) 5584345080 para agendar una asesoría en la Ciudad de México.

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