Resolución que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y sus anexos.

Edmundo Elías-Fernández

Ramos, Ripoll & Schuster
3 min readJul 1, 2020
Photo By: Alfredo González

El 30 de junio de 2020, a un día de la entrada en vigor del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (“T-MEC”), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y sus anexos (“Reglas de Aplicación T-MEC”), con mínimos en cuanto a su contenido, con la finalidad de cumplir con el requisito establecido en el artículo 5.16 del T-MEC, para que este pueda entrar en vigor.

¿Cuál es el objetivo de las Reglas de Aplicación T-MEC?

Las Reglas de Aplicación T-MEC tienen como objetivo proporcionar orientación práctica y útil para un mejor cumplimiento de las reglas y procedimientos del Tratado y brindar certidumbre y claridad en la aplicación de sus disposiciones en relación con los siguientes capítulos:

  • Trato Nacional y Acceso a Mercados.
  • Reglas de Origen.
  • Procedimientos de Origen.
  • Textiles y Prendas de Vestir.
  • Facilitación del Comercio.

¿Cuál es el contenido de las Reglas de Aplicación T-MEC?

Las Reglas de Aplicación T-MEC, se componen de 5 títulos y 16 secciones, entre las que se incluyen las siguientes:

1. Tratamiento de Aranceles Aduaneros

2. Programas de Devolución y Diferimiento de Aranceles

3. Reglas de Origen (únicamente transbordo)

4. Certificación de Origen

5. Obligaciones Referentes a las Importaciones

6. Excepciones a la Certificación de Origen

7. Obligaciones Referentes a las Exportaciones

8. Errores o Discrepancias en la Certificación de Origen

9. Requisitos para Conservar Registros

10. Verificación de Origen

11. Verificación de Mercancías Textiles y Prendas de Vestir

12. Devolución de Aranceles

13. Resoluciones Anticipadas

14. Asesoría o Información sobre Devolución de Aranceles o Programa de Diferimiento de Aranceles

15. Revisión e Impugnación

16. Orientación Administrativa

¿Quedan temas pendientes de ser regulados dentro de las Reglas de Aplicación T-MEC?

Sí, como se mencionó, las Reglas de Aplicación del T-MEC fueron publicadas con mínimos en cuanto a su contenido, con la finalidad de cumplir con las obligaciones establecidas en el T-MEC, para que pudiera entrar en vigor.

Considerando los temas que han sido regulados por las reglas de aplicación del TLCAN, podemos observar que se encuentran pendientes de “ejemplificar” y dar claridad, entre otros, a los siguientes temas:

  • Reglas de origen:

o Interpretación de las reglas de origen.

o De minimis.

o Valor de contenido regional.

o Materiales originarios, no originarios, intermedios, directos, indirectos, accesorios, empaques.

o Sector Automotriz (salarios, periodo de transición, acero, valor de contenido regional).

o Acumulación.

o Industria química.

  • Implementación de la certificación de origen por el importador:

o México de conformidad con el T-MEC, cuenta con un período de transición para la implementación de la certificación de origen por el importador de 3 años y 6 meses a partir de la entrada en vigor.

  • Textiles:

Es muy importante mantener un constante seguimiento a las publicaciones oficiales (Diario Oficial de la Federación), por las autoridades competentes, con la finalidad de poder implementar las nuevas disposiciones establecidas en el T-MEC para el intercambio de bienes entre México, Estados Unidos y Canadá.

A continuación se incluye la liga de la publicación de las Reglas de Aplicación T-MEC que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5595797&fecha=30/06/2020

Nos ponemos a sus órdenes para con cualquier duda respecto del nuevo Tratado México, Estados Unidos y Canadá.

Para información adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Comercio Exterior & Aduanas.

Lic. Edmundo Elías-Fernández

eelias@rrs.com.mx

NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados con base en su situación particular.

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